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El gobierno de la matrícula
de todos los Ingenieros que ejerzan la profesión en la provincia
de Entre Ríos que por expresas disposiciones de esta Ley deben colegiarse
en él.
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Realizar el control de la Actividad
Profesional.
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Velar por el cumplimiento de
esta Ley, su decreto reglamentario, estatuto y normas complementarias.
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Ejercer el poder de Policía
sobre los matriculados en relación a su ejercicio profesional.
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Establecer los recursos, administrar
y disponer de sus bienes.
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Velar por el prestigio, independencia
y respeto del trabajo profesional.
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Fomentar el espíritu de solidaridad,
la consideración y asistencia recíproca entre los Ingenieros matriculados.
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Promover la difusión en la
comunidad de todos los aspectos técnico-científico del quehacer
profesional.
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Colaborar con las Autoridades
universitarias en el desarrollo de actividades de post-grado |